El Pleno de la Diputación celebrado hoy dio el visto bueno a la aprobación del Reglamento de Prestaciones Económicas de Urgencia Social cuyo objetivo es atender las necesidades básicas de subsistencia en situaciones de urgencia social en los municipios de la provincia de Palencia, de las personas que no pueden hacer frente a gastos específicos, considerados necesarios para prevenir, evitar o paliar situaciones de exclusión social y que no pueden ser sufragados por sus medios, ni desde otros recursos sociales.
El Reglamento se aprobó por unanimidad de todos los grupos políticos. Se pretende contar con una norma propia adaptada al marco jurídico autonómico, si bien se ha elaborado un amplio reglamento que incorpora la experiencia de los profesionales de los Servicios Sociales de la provincia para recoger la casuística del funcionamiento de estas ayudas en los últimos años en la provincia, siempre dentro del marco legislativo autonómico mencionado anteriormente.
Lo más relevante de la nueva regulación autonómica es la consideración de esta prestación destinada a la atención de necesidades básicas de subsistencia en situaciones de urgencia social como prestación esencial dentro de nuestro sistema de Servicios Sociales y que, por tanto, se configura como un derecho subjetivo de obligatoria provisión que debe estar públicamente garantizado.
Esta prestación va destinada a cubrir los gastos específicos derivados de cualquiera de las siguientes necesidades básicas de subsistencia:
-Área de Necesidades Básicas:
Cuidados personales esenciales (higiene, ropa, etc.)
Necesidades básicas de alimentación
-Área de Vivienda y alojamiento:
Necesidades básicas de vivienda (gastos de luz, agua…)
Adquisición de enseres básicos
Reparación o acondicionamiento del hogar
Ayuda pago alquiler o hipoteca
Gastos de alojamiento y desplazamientos en situaciones de emergencia.
-Cualquier otra necesidad básica esencial que de forma motivada es valorada como imprescindible por los equipos de profesionales de los Centros de Acción Social de la provincia (CEAS) con la finalidad de asegurar la integridad física de las personas, su estabilidad laboral, la prevención de un riesgo grave de exclusión social, la permanencia en el domicilio habitual, o cualquier otras que este en consonancia con las características de esta prestación.
Como elementos novedosos, el reglamento regula el inicio del procedimiento de oficio por parte del trabajador social, de forma que los profesionales de los CEAS pueden iniciar un procedimiento de solicitud si identifican estas situaciones en su actividad diaria.
Asimismo, prevé la posible participación de entidades sin ánimo de lucro en la gestión de ayudas o en la aportación de fondos económicos o en especie para la atención a estas necesidades. Así, de manera conjunta y coordinada con estas entidades se pueden identificar y resolver estas situaciones a quien realmente lo necesita.
También sucede que el trabajador social puede valorar nuevas necesidades, además de los que las familias demandan y permite más flexibilidad para resolver las sobrevenidas entre el momento de la solicitud y la resolución (ej.: incremento de deuda de vivienda o suministros, nuevas necesidades detectadas,..)
Otra de las novedades es que se pueden conceder ayudas condicionadas al cumplimiento de ciertos requisitos, como por ejemplo la mejora de la atención a menores, o la disponibilidad o mejora de vivienda, que exijan una mayor implicación del solicitante en la mejora de la calidad de vida.
Garantiza además que cualquier modificación posterior de la normativa autonómica pueda resolverse por el mismo procedimiento y Reglamento.
La financiación de esta prestación, por su naturaleza, es compartida entre la Administración autonómica y la Diputación de forma que la Gerencia de Servicios Sociales aporta 77.611 euros y la Institución provincial 41.790, 54 euros, contando por tanto con una financiación global de 119.401,54 euros.
Datos 2013
Cabe señalar que en 2013 se aprobó un total de 177 solicitudes de las 241 presentadas. Por áreas, en la de necesidades básicas, que representa un 27 por ciento del total, el 87 por ciento de las solicitudes responden a necesidades de alimentación, si bien es el de la vivienda el área que más demandas registró el año pasado, representando un 61 por ciento del total. En esta área:
-El 47% responde a la cobertura de necesidades básicas (agua, luz por corte de suministro…, etc.)
-El 30% para ayudas para el pago de alquiler o hipoteca;
-El 13% corresponde a la adquisición de enseres básicos y, por ultimo un 10% a la reparación o acondicionamiento del hogar.
Salud, educación y otras necesidades representan el 12 por ciento de solicitudes restantes.
Por sector de referencia:
Sector |
Nº de solicitudes |
% |
Minorías étnicas |
40 |
22,60% |
Personas con discapacidad |
12 |
6,78% |
Personas mayores |
3 |
1,69% |
Mujer |
7 |
3,95% |
Infancia |
25 |
14,12% |
Familia |
51 |
28,81% |
Inmigrantes |
30 |
16,95% |
Otros grupos de necesidad |
9 |
5,08% |
Total |
177 |
100,00% |
Expedientes tramitados por Centros de Acción Social (CEAS) 2013
CEAS
|
Tramitados |
% solicitudes sobre total provincia |
Concedidos |
% concedido sobre total CEAS |
Denegados |
AGUILAR DE CAMPOO |
32 |
13,28% |
27 |
84% |
5 |
ASTUDILLO-FRÓMISTA |
19 |
7,88% |
12 |
63% |
7 |
BALTANÁS-TORQUEMADA |
11 |
4,56% |
9 |
82% |
2 |
CARRIÓN DE LOS CONDES-OSORNO |
22 |
9,13% |
17 |
77% |
5 |
CERVERA DE PISUERGA-LA PERNIA |
2 |
0,83% |
2 |
100% |
– |
GUARDO |
69 |
28,63% |
54 |
78% |
15 |
HERRERA DE PISUERGA-ALAR DEL REY |
30 |
12,45% |
20 |
67% |
10 |
PAREDES DE NAVA-VILLADA |
9 |
3,73% |
4 |
44% |
5 |
SALDAÑA |
23 |
9,54% |
15 |
65% |
8 |
VENTA DE BAÑOS-DUEÑAS |
18 |
7,47% |
15 |
83% |
3
|