Como consecuencia de la Resolución de la Dirección General de Tráfico (D.G.T.) por la que se establecen las medidas especiales de regulación del tráfico para el presente año, publicada en el B.O.E. del pasado 7 de febrero, se ha restringido la circulación de vehículos con mercancías peligrosas por la carretera Nacional 627, entre Aguilar de Campoo y la capital burgalesa, a partir del próximo martes, día 17.
Los vehículos que transportan mercancías peligrosas son, por norma general, camiones cargados con materias o sustancias inflamables, corrosivas, tóxicas, infecciosas, explosivas o radiactivas. Tanto los conductores como los vehículos, así como sus pautas de circulación, están sujetos a normas muy restrictivas y muy detalladas para intentar prevenir todo tipo de accidentes.
Por norma general, únicamente pueden circular por carreteras expresamente incluidas en la Red de Itinerarios para Mercancías Peligrosas (RIMP). En el caso concreto de la provincia de Palencia se encuentran incluidas en esta red todas las autovías, así como la CL-615, entre Palencia y Carrión de los Condes. Hasta el próximo lunes, día 16, también se encuentra incluida la Nacional 627.
No obstante, a partir del martes 17, los vehículos con mercancías peligrosas que deseen desplazarse entre Aguilar de Campoo y Burgos, o viceversa, deberán utilizar la autovía A-67, entre Aguilar de Campoo y Osorno. En este último punto deberán tomar la autovía A-231 hasta Burgos. Aunque la distancia es ligeramente mayor por esta ruta, la duración del desplazamiento será muy similar, ya que la circulación por las citadas autovías permitirá una velocidad mayor y más constante.
Circulación mucho más segura
Por otro lado, la circulación de estas mercancías por las mencionadas autovías será mucho más segura para los propios transportistas, para los demás usuarios de las vías y, en especial, para todos los vecinos de los municipios por los que transcurre la Nacional 627, que podrán disfrutar así de un mayor nivel de seguridad.
No obstante, la normativa sobre circulación de mercancías peligrosas permitirá en casos excepcionales y justificados que algunos de estos vehículos puedan seguir circulando por la Nacional-627. Por ejemplo, podrán continuar utilizando esta vía cuando sea estrictamente necesario para el suministro de combustibles a destinatarios particulares o a estaciones de servicio que se encuentren en esta misma carretera o en sus municipios cercanos.