La presidenta de la Diputación, Ángeles Armisén y el alcalde de Palencia, Alfonso Polanco han suscrito el convenio de colaboración para trabajar de forma conjunta en materia de prevención, extinción de incendios y salvamento y hacer efectiva la definición de un marco estable de colaboración en el conjunto del territorio provincial a lo largo de los ejercicios 2017 y 2018.
La presidenta de la Diputación afirma que la “Diputación de Palencia continúa trabajando en su firme apuesta por dotar de una atención integral a los ciudadanos del medio rural y por eso estamos hoy aquí para firmar este convenio. Un acuerdo con el Ayuntamiento de Palencia para garantizar la asistencia en materia de prevención y extinción de incendios en municipios del alfoz”.
Por su parte, el Alcalde de Palencia ha subrayado la idoneidad de este convenio, que “refuerza la relación colaborativa entre el Parque de la capital y los Parques comarcales y delimita responsabilidades y competencias para ganar en coordinación y, en definitiva, en respuesta a las necesidades de los ciudadanos y del medio ambiente”.
El Ayuntamiento de Palencia se compromete a intervenir en los siniestros que se produzcan en la provincia de Palencia, conforme al definido como “protocolo de actuación en la provincia”, en base a tres zonas de actuación: Una primera, correspondiente a municipios limítrofes al término municipal de Palencia. En este caso, el Parque de Bomberos de la capital cubrirá todos los siniestros que ocurran en estos municipios, exceptuando los incendios agrícolas, que serán atendidos por el Parque Comarcal adscrito a la zona. En caso de no disponer de Parque Comarcal adscrito a la zona, será el Parque de Bomberos de la capital el que acudirá a todos los siniestros.
Una segunda zona de actuación corresponderá a municipios que se encuentran en un radio máximo de 22 minutos. El parque de bomberos de la capital atenderá los incendios que ocurran en zona urbanizada, incendios de carácter industrial, incendios de vehículos, accidentes de tráfico y actuaciones de salvamento a personas. Por último, se establece una tercera zona de actuación, en la que se incluye el resto de municipios de la provincia. En este caso, el Parque de Bomberos de la capital intervendrá en aquellos incidentes con materias peligrosas, a requerimiento de la Agencia de Protección Civil (Servicio Castilla y León 112), y en los sucesos que, por sus especiales características y peligrosidad, sea requerido por la Diputación de Palencia.
Por su parte, la Diputación de Palencia aporta 171.200 euros anuales en cada uno de los ejercicios de vigencia del convenio, que serán destinados a financiar tanto gastos corrientes del servicio municipal de extinción de incendios como gastos de inversión destinados al funcionamiento del propio servicio.
Con el fin de cumplir con el objeto de este Convenio, ambas partes se comprometen a poner en marcha y a cumplir los criterios y procedimientos de actuación siguientes:
- Facilitar la información referente a los medios humanos y materiales disponibles para la actuación en la provincia, así como a las actividades formativas del personal interviniente, colaborando ambas administraciones en dicha formación.
- Estudiar la creación de un único centro de coordinación de avisos a nivel provincial y garantizar las comunicaciones conjuntas durante las emergencias.
- En intervenciones conjuntas en los que confluyan medios del Parque de Bomberos de Palencia y medios de otros parques de la provincia, la responsabilidad de la dirección de los trabajos y la toma de decisiones que sean precisas en la intervención en los siniestros, hasta su finalización, corresponderá al responsable del Parque de Bomberos de Palencia, oída la opinión técnica del Coordinador de Bomberos de la Diputación de Palencia y actuando cada Servicio a las órdenes de su mando natural.
- Adaptar el “Protocolo de actuación en la provincia” a las futuras Zonas de Actuación Inmediata una vez sean estas aprobadas por la Junta de Castilla y León y asumidas por ambas administraciones.
Tras la firma del Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento del mismo, donde estén representadas ambas Administraciones.
PROTOCOLO DE INTERVENCIONES EN LA PROVINCIA. El convenio establece un protocolo mediante el cual se fija la intervención del Parque de Bomberos del Ayuntamiento de Palencia en la Provincia en función del siniestro y conforme a las condiciones y circunstancias siguientes:
- El servicio 112 notificará tanto a la Diputación como al Parque del Ayuntamiento todos los siniestros ocurridos en la zona de actuación definida.
- El Parque de Bomberos del Ayuntamiento de Palencia atenderá el radio de acción previsto en cada tipo de siniestro, según se indica en las bases que se relacionan.
- Se avisará en todos los casos a la Diputación Provincial para que tenga conocimiento, desde el origen, de las actuaciones en los siniestros que ocurren en la provincia, reflejándose en el terminal del 112.
- Se tomarán todos los datos del siniestro a los efectos de conocer las circunstancias del siniestro y a las personas a las que se atiende, debiendo ser remitidos a la Diputación Provincial mensualmente.
- Si en el parque de Bomberos del Ayuntamiento de Palencia se recibe una llamada que deba atender la Diputación, se notificará la misma tanto a la Diputación Provincial como al Servicio del 112 para que intervengan los Servicios Provinciales contra Incendios.
Zona de actuación del Parque de Bomberos del Ayuntamiento de Palencia, en función de la primera y la segunda zona de actuación. Se corresponde con los siguientes municipios: Amusco, Autilla del Pino, Becerril de Campos, Dueñas, Fuentes de Valdepero, Grijota, Hontoria de Cerrato, Husillos, Magaz de Pisuerga, Mazariegos, Monzón de Campos, Reinoso de Cerrato, Ribas de Campos, Santa Cecilia del Alcor, Soto de Cerrato,Tariego, Torquemada, Venta de Baños, Valdeolmillos, Villamuriel de Cerrato, Villalobón, Villamartín de Campos, Villamediana, Villaumbrales y Villaviudas.
En cuanto a la tercera zona de actuación, correspondiente a los municipios del resto de la provincia, el Parque de Bomberos de Palencia intervendrá en incidentes con materias peligrosas. Los Parques Provinciales acudirán a todas las intervenciones en este ámbito.
Respecto a las bases para la intervención en territorio provincial en atención al tipo de siniestro:
A. Incendios en edificios y viviendas, tanto en casco urbano como fuera de él. Serán atendidos directamente por el Parque municipal de Palencia los términos municipales, incluyendo sus núcleos de población (INE), así como el resto de urbanizaciones y fincas aisladas, reflejados en la zona de actuación.
B. Incendios industriales: Serán atendidos directamente por el Parque municipal de Palencia los polígonos industriales de los municipios reflejados en la zona de actuación.
C. Accidentes de tráfico: Serán atendidos directamente por el Parque municipal de Palencia los producidos en las vías de comunicación que atraviesan los términos municipales (incluye núcleos de población) de la zona de actuación:
Al incidente acudirá también el Parque Comarcal de la Demarcación más próxima en función de la formación y los equipos adecuados.
En el caso específico de la autovía A-62 serán atendidos directamente por el Parque municipal de Palencia los producidos entre el punto kilométrico 99 (límite provincial) y el km 56 (en el término municipal de Quintana del Puente). En el de la autovía A-67 serán atendidos por el Parque municipal de Palencia los producidos entre el punto kilométrico 0 y el km 31 (en el término municipal de Amusco).
D. Incidentes con Materias Peligrosas: el Parque municipal de Palencia asistirá siempre, en cualquier punto de la provincia donde se produzca el suceso, a requerimiento de la Agencia de Protección Civil (Servicio Castilla y León 112) o de cualquier otro alertante. Se informará a Diputación para pedir la colaboración de los parques provinciales más próximos, siendo la Diputación la encargada de transmitirles a éstos las correspondientes normas de seguridad a emplear en el primer momento.
E. Incendios de rastrojeras, cunetas, escombreras, pajares aislados fuera del entorno de edificaciones, mobiliario urbano, etc.: el Parque municipal de Palencia atenderá, con carácter general, aquellos siniestros producidos en el término municipal de Palencia, sin perjuicio de aquellos que por su proximidad se considere.
F. Vehículos sin accidentes y sin personas en su interior: el Parque municipal de Palencia atenderá aquellos siniestros producidos en los municipios reflejados en la zona de actuación.
G. Incendios forestales: se actuará conforme a lo establecido en el Plan de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León.
Sin perjuicio de lo anterior, el Parque de Bomberos de Palencia intervendrá a requerimiento de los Servicios de Extinción de Incendios de la Diputación en aquellos sucesos que necesiten de la incorporación de medios especiales.