La Diputación Provincial, a través de la convocatoria de ayudas para sufragar gastos del control de la calidad de las aguas, ayudará a 117 municipios que tienen contratado el servicio de análisis de agua de acuerdo con el citado RD 140/2003, y 103 entidades locales menores de la provincia que tienen expresamente delegadas las competencias. Todos los solicitantes de la ayuda que han presentado correctamente la documentación recibirán la subvención de la Diputación. Además, ocho ayuntamientos y ocho entidades locales menores están actualmente subsanando errores en la documentación presentada para solicitar la ayuda. El importe total de la convocatoria era de 115.000 euros y la novedosa línea de subvención de la Institución se enmarca dentro del Programa de apoyo a la gestión del ciclo municipal del agua (CIMA).
Con esta línea de ayudas la Diputación ha querido ayudar a los municipios de la provincia, excluida la capital, a sufragar los gastos ocasionados por la realización de las analíticas del agua de consumo, en todos los núcleos de población de la provincia durante el año 2012 según se determina en el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero. En dicho decreto se establece el número mínimo de muestras para las aguas de consumo humano suministradas a través de la red de distribución, definiéndose el tipo de ensayo que hay que realizar en cada caso en función de los volúmenes de agua a tratar, la capacidad de los depósitos y del número de habitantes abastecidos.
La cantidad máxima de la ayuda no superará el 50% del coste de la analítica con un tope de 250 euros por cada núcleo de población dependiente del municipio.
El agua como elemento indispensable para la vida se constituye como un servicio básico que debe prestarse con las máximas garantías de calidad. Actualmente las necesidades de agua aumentan, no solo el agua destinada al abastecimiento humano, sino también la destinada a sectores tan importantes como la agricultura, la ganadería y la industria, por lo que el agua se convierte cada vez más en un bien escaso.
De esta manera, los municipios responsables del abastecimiento de agua de consumo humano tienen la obligación de disponer de una captación de agua, conducciones, tratamientos de potabilización, almacenamiento, transporte y distribución del agua hasta las acometidas de los consumidores, con la dotación y calidad previstas en el Real Decreto 140/2003, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad de agua de consumo humano.