Desde el pasado martes, el ayuntamiento de Aguilar de Campoo, junto a la Diputación Provincial, ha puesto en marcha una oficina de atención a los ciudadanos que han sufrido ellos mismos, o sus bienes, los efectos del temporal de nieve.
“Tras terminar las ingentes nevadas, desde el ayuntamiento creímos conveniente y urgente dotarnos de un pequeño departamento para poder dar respuesta a los vecinos que han sufrido problemas. Ante estas circunstancias, desde las administraciones no podemos actuar pasando la pelota a otros o haciendo política con esto. Hay que poner soluciones encima de la mesa”, señala el concejal adjunto de urbanismo y portavoz del PP en el Consistorio aguilarense, Carlos Sierra.
La oficina está gestionada por un técnico de la Diputación, hasta el próximo 20 de marzo en horario de nueve de la mañana hasta las tres de la tarde.
Tenemos que recordar que las ayudas a las que se pueden acoger las personas que han sufrido cualquier tipo de daño, están clasificadas en cinco apartados y subrogadas a la posesión de un contrato con una compañía aseguradora.
Catálogo de ayudas en función de los daños causados:
Ayudas a vivienda y enseres:
Destrucción total vivienda habitual: 15.120.
Daños estructura vivienda habitual: 10.320.
Daños que no afecten a la estructura (máximo 50% del daño, según valoración 5.160)
Enseres domésticos de primera necesidad afectados: coste de reposición con máximo de 2.580 euros.
Comunidades Vecinos: máximo 8.000 euros.
Ayuda para paliar daños personales:
Fallecimiento miembro familiar: 18.000 euros a cada miembro.
Incapacidad absoluta: 18.000.
Ayuda Corporaciones Locales:
Por los gastos derivados de actuaciones inaplazables en situación de emergencia para conseguir el desenvolvimiento normal de los servicios públicos y la vida de las personas. Excluidos conceptos o trabajos con medios propios. Solo si los gastos superasen el 3% de los gastos corrientes, si superase el 20% te pueden dar hasta el 100%.
Se tendrá en cuenta la situación de la EELL.
Ayuda a personas que han prestado bienes o servicios personales:
Las requeridas por la autoridad competente. Actuaciones imprescindibles e inaplazables.
Ayudas para establecimientos industriales, mercantiles y servicios:
Igual o inferior a 50 trabajadores. Para la reconstrucción y reposición de mobiliario, utillaje etc. Requisito seguro pero que no lo ampare la póliza.8.000 euros máximo y que, junto a la indemnización del seguro no supere el importe del daño.