Según explica en una nota de prensa el Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Aguilar de Campoo, en la sentencia del Contencioso se ha condenado al Ayuntamiento de Aguilar de Campoo por convocar de forma irregular a la Mancomunidad Aguilar-Valdavia.
“El 19 de julio de 2023 se convocó una sesión extraordinaria y urgente de la asamblea, cuyo fin era la constitución, elección de la presidencia y organización, celebrándose dicha reunión en el Ayuntamiento de Aguilar de Campoo. La Alcaldesa-Presidenta, María José Ortega, saltándose los estatutos que determinan en el Capítulo 3 de “Organización de la Mancomunidad” que “hasta la fecha de constitución de la nueva Asamblea de Concejales actuarán en funciones el anterior órgano de gobierno y su Presidente para todos aquellos asuntos que afecten únicamente a la gestión de asuntos ordinarios de la mancomunidad” convoca una sesión que no se “ajusta al ordenamiento jurídico”, según marca el Magistrado titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palencia.
El Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Aguilar de Campoo viendo que se incumplen los propios estatutos de la Mancomunidad, pero además el art. 19 de la ley 40/2015 en cuanto a la convocatoria y competencias del presidente al no llevarse a cabo la convocatoria por quien ostenta este cargo en la mancomunidad, interpone un recurso de reposición en el Ayuntamiento de Aguilar de Campoo que es desestimado, por lo que el 15 de noviembre de 2023 presenta un recurso contencioso- administrativo.
El Juzgado Contencioso Administrativo Nº1 de Palencia, tras tres requerimientos al Ayuntamiento de Aguilar de Campoo, dicta sentencia el 30 de octubre de 2024 y dice que “se anula por no resultar ajustado al ordenamiento jurídico” y que “se declara la invalidez de los acuerdos adoptados en dicha sesión de 19 de julio de 2023”, haciendo imposición de las costas procesales al Ayuntamiento.
El Grupo Municipal Socialista insta a Ortega a que cumpla con su deber y ajuste sus decisiones a la normativa vigente. Recordar que es la segunda sentencia desfavorable que recibe el Ayuntamiento de Aguilar de Campoo, por parte del Juzgado Contencioso Administrativo Nº1 de Palencia, la primera fue por denegar de forma torticera el acceso a la información solicitada desde el Grupo Socialista”.