Ante la situación actual y dado que la pandemia no remite, “el Estado Español ha ampliado la cobertura del bono social eléctrico hasta el 30 de junio de 2021, de momento”, según informa UCE-Palencia.
Siguiendo su labor de información y asesoramiento, UCE-Palencia informa sobre qué es el Bono Social de las eléctricas, quiénes pueden solicitarlo, los requisitos imprescindibles que se deben cumplir, dónde solicitarlo y la documentación necesaria.
El Bono Social de Electricidad es un mecanismo regulado por el Gobierno que busca proteger a consumidores vulnerables con menores posibilidades económicas.
Esta normativa establece tres categorías de clientes vulnerables, con descuentos distintos sobre el precio del Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC), es decir el contrato debe estar en el mercado regulado, no pudiendo ser contratado por los consumidores que estén en el mercado libre.
Las tres categorías son: pensionistas (pensión mínima), familias numerosas y familias con rentas bajas (depende si tienen o no menores a cargo).
A raíz de la crisis provocada por la pandemia del Covid 19, también pueden acogerse a este bono social: consumidores que hayan visto reducidos (ellos o algún miembro de sus familias) sus ingresos de manera sustancial, debido a circunstancias como desempleo, ERTE, o en caso de ser autónomo, que haya visto reducida su jornada por motivo de cuidados, u otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos.
Los descuentos que se aplican dependen del grado de vulnerabilidad del consumidor: para un consumidor vulnerable, el descuento sería del 25% y para un consumidor vulnerable severo del 40%.
Los requisitos indispensables a cumplir son:
1. Que el suministro esté destinado a la residencia habitual del titular.
2. Que el suministro esté acogido al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC)
Documentación:
1. Formulario de Bono Social, firmado por todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años.
2. Fotocopia del DNI o NIE del titular y de cada uno de los miembros de la unidad familiar incluidos los menores de 14 años que dispongan de él.
3. Fotocopia del libro de familia o certificación de la hoja individual del Registro Civil del titular y de cada uno de los integrantes de la unidad familiar o cualquier otro documento expedido por la autoridad competente que acredite, de manera fehaciente, el estado civil del solicitante (por ejemplo, ‘certificado de fe de vida y estado’).
4. Certificado de empadronamiento en vigor del titular y de todos los miembros de la unidad familiar.
5. Fotocopia del título de familia numerosa.
6. Certificado de los Servicios Sociales del órgano competente, o del que designe la comunidad autónoma, que acredite Circunstancias Especiales.
En este enlace se incluye un ejemplo del certificado.
Una vez concedido hay que renovarlo cada dos años, siempre que, en el momento de la renovación, se sigan cumpliendo con todos los requisitos.
El Bono Social se solicita a la empresa eléctrica, con la que se tenga realizada la contratación.
La Unión de Consumidores de Palencia, “hemos ayudado desde siempre a los consumidores Palentinos, en la información y tramitación del Bono Social. Hay que recordar que aquellos que tengan concedido el Bono Social, acceden automáticamente al Bono Térmico, que consiste en una cantidad única, para ayuda en los gastos de calefacción”.