El Ayuntamiento de Reinosa presentó en 2013 superávit presupuestario. Así se refleja en la cuenta general perteneciente a ese periodo y que ha contado hoy con el visto bueno del Pleno del Consistorio. De esta forma, el Equipo de Gobierno ha cumplido, tal y como explicó el concejal de Hacienda Emiliano Corral, con la legislación vigente y, señaló, “de manera holgada con los muy estrictos criterios, que no comparto, que exige la Administración Central en cuanto a contar con un remanente de tesorería positivo, un ahorro neto, también positivo, cumplir el periodo medio de pago y la capacidad de endeudamiento”.
Según Corral, este superávit de 88.318 euros, al que calificó de “no excesivo y sí próximo al equilibrio presupuestario que marca la ley”, no solo “es un dato claramente positivo para las finanzas municipales” sino que refleja, además, “que las previsiones” realizadas en su momento por el Equipo de Gobierno “eran realistas y no especulativas”. En este sentido puntualizó que “tanto los ingresos como los gastos se han visto incrementados en una cuantía similar”.
Nueva ordenanza para la instalación de terrazas en la vía pública
Asimismo, el Pleno del Ayuntamiento de Reinosa ha aprobado, con carácter definitivo y por unanimidad, la ordenanza municipal que regulará “la instalación en la vía pública de terrazas, veladores, mesas, sillas y elementos auxiliares de hostelería”.
La nueva normativa, elaborada por la Concejalía de Consumo que preside el edil Miguel Ángel Fernández, pretende “no solo armonizar los elementos de las terrazas con el entorno, sino también velar por los aspectos medioambientales con el fin de evitar posibles molestias a los vecinos y ofrecer la posibilidad de que se pueda hacer uso de ellas durante todo el año”.
Condiciones del mobiliario y horario
Según establece la ordenanza, el mobiliario que pasará a integrar las terrazas, tendrá que “adecuarse al entorno urbanístico de la zona, de acuerdo con el PGOU vigente en cada momento, y garantizar la seguridad, salubridad, tranquilidad, accesibilidad y ornato público de los usuarios del vecindario próximo y de la vía pública”.
En cuanto al “horario de instalación”, será, “siempre que haya vecinos colindantes”, de 10.00 a 24.00 horas. Durante el periodo comprendido entre Semana Santa y el último día del mes de octubre este puede ampliarse hasta las 01.15 horas los viernes, sábados y vísperas de festivos.
Si no hay vecinos colindantes, la hora de cierre se fijará a las 01.00 horas y a las 01.45 horas en la época comprendida entre la Semana Santa y el comienzo del mes de noviembre.
Sanciones
Respecto a las infracciones, el texto las tipifica como leves, graves y muy graves y su comisión llevará aparejada la imposición de una multa de hasta 3.000 euros en los casos más graves; 1.500 euros en los graves y de hasta 750 euros en los leves.
Así mismo, las infracciones graves y muy graves podrán derivar en la revocación de la licencia e incluso, en las muy graves, en “la inhabilitación para la obtención de permisos de esta naturaleza por un periodo de dos años”.