El Grupo Municipal Socialista ha presentado en Junta de Portavoces una moción para debatir en el próximo Pleno del día 9 de agosto la conveniencia de exigir a la Junta de Castilla y León un plan de ordenación, al menos de nivel provincial, de las industrias eólicas.
En la misma moción se insta a la Alcaldía a impulsar una Modificación Puntual del PGOU de Aguilar de Campoo para establecer zonas de exclusión para la instalación de plantas de producción de energía, que no sean para autoconsumo conectadas o no a la red.
TEXTO DE LA MOCIÓN:
El Grupo Municipal del Partido Socialista Obrero Español de Aguilar de Campoo, en virtud de los artículos 91.4, 93 y 97.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2569/1986, presenta para someter a debate y aprobación si el Pleno así lo establece la siguiente moción:
ANTECEDENTES
Las nuevas condiciones para la construcción y explotación de instalaciones de aprovechamiento de energías renovables reguladas por el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, y las iniciativas conocidas hasta hoy sobre intenciones de inversión en parques eólicos y solares en el municipio de Aguilar de Campoo, nos llevan a prever una alta proliferación de proyectos.
Una vez más, la bienvenida iniciativa empresarial que conlleva empleo y riqueza a lo que hay que sumar, en este tipo de negocio, lo que supone de aportación a la Transición Energética y de cumplimiento de los objetivos de la Cumbre del Clima COP-25 y de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS 13: medidas para corregir el cambio climático), ha de conjugarse con el adecuado uso del territorio, en parámetros de máximo respeto al medio natural.
El municipio de Aguilar de Campoo dispone de espacios amplios y diversos con funciones importantes, económicas, sociales, naturales y paisajísticas que no pueden ser trastocados sin reflexión por cualquier novedad.
La extensión de instalaciones de producción de energías renovables ha de acotarse debidamente para evitar una proliferación sin sentido de la medida y en evitación de daños a otros sectores económicos como los agrícolas, ganaderos y turísticos.
CONCLUSIONES
-La ocupación discrecional de nuestro territorio con instalaciones de cualquier tipo y en especial las de grandes dimensiones, no puede ser aceptada sin condiciones, al margen de todo concepto de ordenación del territorio.
-En tanto las administraciones de ámbito superior al municipal no intervengan en la ordenación detallada de usos que incluya las instalaciones de producción de energías renovables, el Ayuntamiento debe impulsar, en el campo de sus competencias, los instrumentos que permitan condicionar su implantación.
Por todo ello el Grupo Socialista formula la siguiente:
MOCIÓN:
1.- El Ayuntamiento de Aguilar de Campoo traslada a la Junta de Castilla y León, el rechazo de todo proyecto de instalación de parques eólicos en nuestro municipio, sin la aprobación previa de un Plan de Ordenación de ámbito, al menos, provincial.
2.- Que por el Pleno de Ayuntamiento de Aguilar de Campoo se inste a la Alcaldía a impulsar una Modificación Puntual del PGOU de Aguilar de Campoo para establecer zonas de exclusión para la instalación de plantas de producción de energía, que no sean para autoconsumo conectadas o no a la red, incluyendo redacciones restrictivas en los artículos 295, 296, 297, 298, 299, 300, 301, 302, 303, 304 y 305 de las Normas Urbanísticas del PGOU de Aguilar de Campoo, que establecen el régimen de usos en suelo rústico, y manteniendo la actual redacción del artículo 294, con lo que quedaría habilitada la autorización de instalaciones de producción de energías renovables en Suelo Rústico Común.