El Tribunal Supremo ha fallado a favor de la empresa ‘Gullón’ y ha anulado una sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante, que le impedía comercializar las galletas en un envase similar al utilizado por ‘Kraft’ en varias marcas (‘Oreo’ y ‘Chips Ahoy!’).
En una sentencia difundida ayer, la Sala de lo Civil del Supremo ha estimado un recurso de casación que ‘Gullón’ presentó contra el dictamen de la Audiencia alicantina, que le impedía comercializar el envase de sus galletas tipo ‘Cookies’ por conflicto con los envoltorios de ‘Kraft’.
El Supremo ha dictaminado que “la utilización de dicho empaquetado por parte de ‘Gullón’ no es un acto de competencia desleal contra ‘Kraft’ ni ha habido aprovechamiento de la reputación ajena. La presentación de los productos impide, según la sentencia, que pueda apreciarse riesgo de confusión”.
Los envoltorios de ‘Gullón’ que originaron el litigio -con fondo azul y correspondientes a galletas vendidas con marcas como ‘Morenazos’- no le han reportado aprovechamiento comercial, según la sentencia. Las galletas ‘Oreo’ de ‘Kraft’ son tipo sandwich, hechas de chocolate y con nata por dentro, mientras que ‘Chips Ahoy!’ es una marca mixta para galletas, galletitas y galletas saladas.
El Supremo ha determinado que el hecho de que en el mercado un porcentaje muy alto de los consumidores identifique las galletas -tipo sandwich- con la marca ‘Oreo’ no justifica que ‘Kraft’ tenga el monopolio sobre su comercialización. No obstante, según la sentencia, puede existir un “riesgo de vulgarización de la marca”.