El mantenimiento (limpieza de chimeneas, la comprobación de la combustión, comprobación de los elementos de seguridad) de la instalación térmica por una empresa mantenedora habilitada y la conservación de la documentación de todas las actuaciones, ya sean de mantenimiento, reparación, reforma o inspecciones, son acciones obligatorias de los usuarios que minimizan el riesgo de fugas evitando las intoxicaciones por inhalación de gases.
La Delegación Territorial de la Junta, a través del Servicio Territorial de Industria, insiste en recordar que el titular, o usuario, de una instalación térmica es responsable del cumplimiento del Reglamento de Instalaciones Térmicas en lo que se refiere a su uso y mantenimiento, y sin que este mantenimiento pueda ser sustituido por la garantía.
Entre las obligaciones del titular son imprescindibles las acciones de mantenimiento de la instalación térmica por una empresa mantenedora habilitada y la conservación de la documentación de todas las actuaciones, ya sean de mantenimiento, reparación, reforma o inspecciones realizadas en la instalación térmica o sus equipos. Con estas acciones se evitan y minimiza el riesgo de fugas de gases y las intoxicaciones por inhalación.
Desde el Servicio Territorial de Industria de la Delegación de la Junta se recuerda que las operaciones de mantenimiento deben realizarse por empresas mantenedoras habilitadas. Este mantenimiento se realizará conforme a lo establecido en el “Manual de uso y mantenimiento”, que le entregó su instalador en su día.
En caso de que no se disponga del citado manual, el mantenimiento debe realizare con los criterios establecidos en el Reglamento de instalaciones térmicas que recomienda la limpieza de chimeneas, la comprobación de la combustión, comprobación de los elementos de seguridad, etc.; en cualquier caso, estas operaciones deben realizarse por empresas mantenedoras habilitadas.
Respecto a la periodicidad de estas operaciones, la normativa establece una determinada periodicidad en función de la potencia y tipo de combustible. A modo de ejemplo, para viviendas con calderas murales a gas de potencia igual o menor de 70 kW, el mantenimiento se realizará cada dos años, mientras que para el resto de instalaciones, iguales o menores a 70 KW, este mantenimiento será anual.
Para aquellas instalaciones térmicas mayores de 70 kW, independientemente del combustible que utilicen, el mantenimiento será mensual.
Para más información, los usuarios pueden dirigirse al Servicio Territorial de Industria, a las asociaciones de profesionales de instalación y mantenimiento de equipos térmicos o a su instalador.
Operaciones que deben realizarse por empresas habilitadas
En instalaciones de calefacción y agua caliente sanitaria se deben revisar los aparatos y comprobar y mantener limpio el circuito de humos de calderas, los conductos de humos y chimeneas y el quemador de la caldera. Hay que revisar periódicamente el vaso de expansión, los sistemas de tratamiento de agua, comprobar la estanqueidad de cierre entre quemadores y calderas y los niveles de agua en circuitos.