El Juzgado de Primera Instancia de Palencia ha dictado sentencia absolviendo a María Teresa Rodríguez Sainz-Rozas de la demanda interpuesta hace dos años por sus hijos y hermanos varones por la que estos pretendían que se les adjudicara la propiedad de ciertas acciones de Galletas Gullón alegando que formaban parte de una fiducia familiar.
La interposición de esta demanda dio lugar a múltiples noticias en los medios que pudieron contribuir a generar un debate entre la opinión pública que puso en cuestión la mayoría accionarial de María Teresa Rodríguez Sainz-Rozas.
En noviembre de 2010, los demandantes intentaron “desistir” del procedimiento, mecanismo procesal que les hubiera permitido volver a iniciarlo en el futuro. María Teresa Rodríguez Sainz-Rozas se opuso pidiendo expresamente que el pleito continuara hasta que hubiera una sentencia que aclarase, de una vez por todas, el fondo del asunto. Por ello, el procedimiento continuó hasta que, a pocos días de la fecha señalada para el juicio (12 de marzo de 2012), los demandantes han acabado renunciando al mismo y reconociendo expresamente que sólo María Teresa Rodríguez Sainz-Rozas es plena y legítima propietaria de las 16.544 acciones que posee en Galletas Gullón y que representan un 55,29% del capital social y que renuncian a cuestionar esta propiedad en el futuro.
La presidenta y consejera delegada se ha mostrado satisfecha por la sentencia ya que contribuye a la “estabilidad y seriedad que siempre ha caracterizado a la compañía”. Además, aunque lamenta que sus hijos varones y hermanos pusieran en duda la titularidad de sus acciones, cree que “este proceso ha servido para demostrar públicamente” su condición de máxima accionista y “para aclarar parte del conflicto societario planteado en su día por los demandantes”.
Por último, ha afirmado que su “deseo es mantener la gestión empresarial que ha desarrollado en los últimos 25 años”. Una gestión basada en “la reinversión de los beneficios, la apuesta por la innovación, el desarrollo y la creación de productos saludables y, por supuesto, continuar creando empleo que dé trabajo a los habitantes de Aguilar y la comarca”.
En archivo adjunto se puede leer íntegra la sentencia.