El Boletín Oficial de la Provincia publica hoy las bases de la convocatoria para la concesión de ayudas a ayuntamientos de la provincia de Palencia, con población inferior a 20.000 habitantes, destinadas a financiar las inversiones que se realicen para la realización de obras y equipamientos en Centros socioculturales municipales y de personas mayores, en alguno de los supuestos siguientes:
-Municipios de menos de 1.000 habitantes
-Municipios de más de 1.000 habitantes siempre que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
-Que el Centro esté ubicado en una localidad o núcleo de población de menos de 1.000 habitantes del propio municipio.
-Que el Centro esté situado en una localidad o núcleo de población de más de 1.000 habitantes, sea de titularidad pública y los usuarios sean Asociaciones de mayores legalmente constituidas y que figuren inscritas en el Registro oficial de la Gerencia de Servicios Sociales.
Las Inversiones deberán destinarse a la ejecución de obras menores de mejora (modalidad A); o al equipamiento de locales y dependencias (modalidad B), donde se ubiquen Centros de personas mayores y socioculturales municipales destinados a la realización de actividades de ocio, cultura y participación de dicho colectivo u otros sectores de la población del municipio.
Se excluyen aquellas obras o equipamientos que por la importancia de su cuantía económica o que por su propio objeto –obra nueva, rehabilitación completa de edificios, obras estructurales, etc.- puedan tener cabida en otras líneas de ayudas o en los Planes Provinciales de la Diputación de Palencia.
Serán subvencionables las inversiones realizadas desde el día 1 de enero hasta el día 31 de octubre de 2013, fecha en la que finaliza el período de justificación.
Cada ayuda no podrá superar los siguientes límites máximos: en la modalidad A el 70% de la inversión, con un máximo de 5.000 euros y en la modalidad B el 70% de la inversión, con un máximo de 2.000 euros.
Se determinarán los importes a subvencionar, proporcionalmente al número de puntos obtenidos, según los criterios objetivos señalados
-Ayuntamientos que habiéndose presentado a la convocatoria del año 2012, no hubiesen obtenido ayuda: 2 puntos
-Por las reformas que mejoren la accesibilidad de los locales o dependencias (hasta 10 puntos)
-Por las obras y equipamientos que mejoren la eficiencia energética de los locales o dependencias (hasta 10 puntos)
-Por obras y equipamientos que permitan un mayor uso y calidad de los servicios de atención a las personas mayores y a la población en general (hasta 5 puntos).
-Por la necesidad y utilidad social de la inversión a realizar, valorando positivamente la tasas de mayores de 65 años en el municipio y la existencia en la localidad de asociaciones de mujeres, juveniles o de otro tipo y, en su caso, la realización de actividades programadas por la Diputación de Palencia (hasta 5 puntos).
Las subvenciones que otorgue esta Diputación serán compatibles con cualquier otro tipo de ayuda para la misma finalidad procedente de otras administraciones o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales.
Los Ayuntamientos que soliciten ayudas con cargo a la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Presidente de la Diputación de Palencia según modelo de solicitud (anexo I), a la que acompañarán la documentación que se detalla en la Base Quinta de la misma, mediante presentación en el Registro General de esta Diputación, (o por cualquiera de los medios recogidos en el Art. 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común.), en el plazo de treinta días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.