La Sección Sindical de USO en Cerealto Aguilar ha presentado una demanda de conflicto colectivo ante el Juzgado de lo Social de Palencia por la existencia de diferencias salariales entre personas trabajadoras que realizan funciones equivalentes en el centro de Aguilar de Campoo.
USO viene reclamando desde hace tiempo la corrección de esta situación y ha tratado de abordarla mediante la negociación y el diálogo, «buscando un acuerdo satisfactorio para todas las partes que eliminase las discriminaciones estructurales existentes en la planta. Sin embargo, tras no alcanzarse una solución la organización sindical se ha visto obligada a acudir a la vía judicial».
La demanda denuncia la coexistencia de tres sistemas retributivos distintos, vinculados principalmente a la fecha de incorporación. Mientras una parte de la plantilla mantiene complementos como antigüedad, producción, asistencia, nocturnidad o paga de beneficios, otro colectivo percibe un complemento “ad personam”; por el contrario, el personal incorporado desde junio de 2022 no percibe ninguno de esos conceptos, pese a desarrollar trabajos de igual o similar valor.
El aspecto central de la demanda «no es únicamente la existencia de esos complementos, sino su naturaleza dinámica. Según la documentación aportada, estos conceptos no se han limitado a conservar una cuantía fija vinculada a condiciones anteriores, sino que han sido actualizados e incrementados con las revisiones salariales. Es decir, no son complementos estáticos o congelados: se revalorizan y se integran en la estructura salarial ordinaria».
Para USO, este carácter dinámico «consolida y perpetúa una desigualdad retributiva entre compañeros que realizan funciones equivalentes, generando una discriminación estructural basada esencialmente en la fecha de ingreso».
La demanda cita varias sentencias, resoluciones que establecen que pueden mantenerse determinadas garantías salariales para proteger derechos adquiridos, pero únicamente cuando se configuran como complementos compensatorios, fijos y no revalorizables. Cuando esas cantidades se actualizan y pasan a crear un régimen salarial paralelo y permanente, dejan de ser una mera garantía de derechos previos y vulneran el principio de igualdad retributiva.
La Audiencia Nacional señala expresamente que la garantía de derechos adquiridos debe tener carácter estático: puede conservar una cuantía ya reconocida, pero no mantener un sistema dinámico de importes actualizados que perpetúe diferencias salariales por la sola fecha de contratación.
USO solicita que «se declare la existencia de una triple escala salarial injustificada y que la empresa adopte medidas para acabar con estas diferencias, sin perjudicar los derechos adquiridos de ningún trabajador».




